Que dice la ley sobre mantenimiento de las zonas comunes de la propiedad. La conservación, el mantenimiento y la reparación de las áreas comunes en propiedad horizontal compete a toda la comunidad, esto es lo que indica el artículo 9.1 a) de la Ley. No se hace mención expresa a los inquilinos, sin embargo, éstos conviven y hacen uso de las instalaciones, por lo que deben contribuir al correcto mantenimiento de las instalaciones en la medida que son titulares de un derecho personal de crédito, y ello conlleva asumir el clausulado del documento por el cual se han obligado durante la duración del contrato, donde habitualmente se incluye la obligación de cumplir en todo momento las Normas Estatutarias Reglamentarias y los acuerdos de la Comunidad de Propietarios en orden a la utilización de los servicios, elementos comunes y buen régimen de convivencia.